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LA PROVINCIA REGLAMENTÓ LA LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS DE SEGURIDAD PARA CLUBES, ESCUELAS Y PLAZAS

noviembre 6, 2026 · PortalCentro
Fotografía de Screenshot 2026 11 06 13 21 51 962 Com.openai.chatgpt Edit por Sebastián Miraglia en Azul, Buenos Aires

Los municipios tendrán un rol fundamental en los controles y la prevención de accidentes.

La normativa establece nuevas exigencias para la instalación y el mantenimiento de arcos deportivos, aros de básquet, postes de redes y juegos infantiles. Los municipios tendrán un rol fundamental en los controles y la prevención de accidentes.

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires reglamentó la Ley 15.618, que establece medidas de seguridad para la instalación, sujeción y mantenimiento de elementos deportivos y recreativos en establecimientos públicos y privados, así como en espacios públicos.

La medida, publicada este miércoles en el Boletín Oficial mediante un decreto, tiene como principal objetivo prevenir accidentes y proteger la integridad física de niños, niñas y adolescentes que utilizan habitualmente clubes, escuelas, plazas y otros espacios de recreación.

Entre las principales disposiciones, se establece la obligación de contar con sistemas de sujeción, anclaje o contrapeso para los arcos de fútbol, hockey y handball que pesen más de 20 kilos. También se exige que los aros de básquet con pie dispongan de sistemas de contrapeso que eviten vuelcos y accidentes.

Además, cuando los elementos cuenten con sistemas removibles, las instituciones deberán disponer de espacios adecuados para guardarlos o, en el caso de los arcos, asegurarlos en posición horizontal.

La reglamentación también contempla la colocación de protectores acolchonados en pisos, columnas, paredes y postes, con el propósito de amortiguar posibles impactos en ámbitos deportivos y recreativos.

EL ROL DE LOS MUNICIPIOS

Uno de los aspectos centrales de la reglamentación es la responsabilidad que tendrán los municipios bonaerenses, que conservarán el carácter de autoridad de aplicación de la ley.

Entre sus funciones deberán realizar verificaciones periódicas de las condiciones de seguridad, establecer mecanismos de habilitación, certificación o constancia de cumplimiento y garantizar que estas acreditaciones sean emitidas por profesionales matriculados.

Asimismo, deberán impulsar campañas de concientización y prevención, además de coordinar acciones con organismos educativos, asociaciones deportivas y entidades intermedias.

Por otra parte, la Provincia también tendrá responsabilidades de control y asistencia. La Dirección General de Cultura y Educación, los Consejos Escolares y los organismos provinciales que tengan bajo su órbita espacios alcanzados por la normativa deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.

Finalmente, el Ministerio de Desarrollo de la Comunidad, a través de la Subsecretaría de Deportes, brindará asistencia técnica a los municipios para implementar las medidas complementarias que sean necesarias.

La reglamentación busca establecer condiciones más seguras en los espacios deportivos y recreativos de toda la provincia, poniendo el foco en la prevención y el cuidado de quienes los utilizan.

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