La Cámara de Apelaciones revocó la cautelar de Pascual y vuelve a regir la reforma penal juvenil


La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora dejó sin efecto la suspensión por 60 días que había dispuesto la jueza Marta Pascual sobre la Ley 27.801 en la provincia de Buenos Aires.
La Justicia bonaerense dio un nuevo giro en la discusión por la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil. La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó la medida cautelar mediante la cual la jueza Marta Pascual había suspendido por 60 días la aplicación de la Ley Nacional 27.801 en territorio bonaerense.

La resolución fue adoptada a partir de la apelación presentada por el Ministerio Público Fiscal y lleva las firmas de los camaristas Miguel Carlos Navascués y Miguel María Alberdi. De esta manera, quedó sin efecto la decisión dictada el pasado 7 de septiembre por Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2 de Lomas de Zamora.
El argumento de la Cámara
Los camaristas consideraron que no resulta admisible suspender mediante una medida cautelar y con alcance general la aplicación de una ley nacional sancionada por el Congreso.
Según el criterio expresado en la resolución, las leyes cuentan con presunción de legitimidad y el control de constitucionalidad debe analizarse en casos concretos. El tribunal sostuvo además que los jueces no deben evaluar el acierto o la conveniencia de la política criminal definida por el Poder Legislativo.
Vuelve a regir la Ley 27.801
Con la revocación de la cautelar, vuelve a regir en la provincia de Buenos Aires el nuevo Régimen Penal Juvenil establecido por la Ley 27.801, que entre otras modificaciones establece la reducción de la edad de responsabilidad penal de 16 a 14 años.
La suspensión había sido dictada en el marco de un hábeas corpus preventivo y colectivo promovido por la Asociación Civil No Seas Pavote, integrante de la Federación Familia Grande Hogar de Cristo. La jueza Pascual había fundamentado su decisión en las condiciones de infraestructura, alojamiento y recursos existentes en los dispositivos provinciales para adolescentes privados de libertad.
También deberá revisarse la competencia
Además de revocar la cautelar, la Cámara requirió a la jueza de primera instancia que revise con carácter urgente su competencia para continuar interviniendo en la acción colectiva.
La resolución no cierra definitivamente el debate sobre las condiciones del sistema penal juvenil bonaerense, pero sí modifica el escenario judicial: la suspensión general quedó sin efecto y la Ley 27.801 vuelve a encontrarse vigente en la provincia de Buenos Aires.